Asuntos no Contenciosos
Requisitos
1. La solicitud constará en una minuta, presentada por el adoptante y el adoptado, con la firma de ambos y autorizada por abogado, de ser casado deberá intervenir su cónyuge.
- Copia del documento nacional de identidad de los intervinientes.
- Copia certificada con sellos originales de la partida de nacimiento del adoptante, adoptado y de matrimonio, si es casado.
- Documento que acredite que las cuentas de la administración han sido aprobadas, si el solicitante ha sido representante del adoptado.
- Testimonio del inventario de los bienes que tuviere el adoptado.
Requisitos
1. Solicitud escrita dirigida al notario, donde conste nombre, documento nacional de identidad y firma del solicitante o los solicitantes, y señalar la agenda a tratar.
2. Documento que acredite la calidad de socio, en el caso de sociedad anónima, presentar matrícula de acciones y certificado de acciones.
3. En el caso de otras formas societarias, el testimonio de escritura pública donde conste la inscripción de una o varias participaciones o la certificación registral.
4. En el caso de sociedades en comandita el socio acredita su condición de tal, según lo establecido en la Ley General de Sociedades; es decir, la titularidad de acciones se acredita con la escritura pública.
5. Copia del documento donde se expresa el rechazo a la convocatoria o copia de la carta notarial enviada al directorio o a la gerencia, según sea el caso, solicitando que se celebre la junta general.
Requisitos
1. Quien por su vínculo familiar con el causante se considere heredero forzoso o legal, incluido el integrante sobreviviente de la unión de hecho reconocida conforme a ley (conforme a la Ley Nº 30007, de 17 de abril de 2013).
2. Copia del Documento de Identidad del otorgante del poder si es persona natural, tratándose de personas jurídicas, presentar ficha registral del acta de otorgamiento de poderes.
3. Quien sea acreedor del testador o del presunto sucesor.
4. La solicitud debe incluir lo siguiente:
- Nombre del causante.
- Copia del documento de identidad del solicitante.
- Nombres y direcciones de los presuntos herederos.
- Copia certificada de la partida de defunción o de declaración de muerte presunta del testador.
- Certificación registral de no figurar inscrito otro testamento (certificado negativo de declaratoria de herederos y certificado negativo del testamento) que se pretende comprobar.
- Copia certificada del acta notarial extendida cuando el testamento fue otorgado o, en su defecto, certificación de existencia del testamento emitida por el notario que lo conserve bajo su custodia, así como el nombre y domicilio de los testigos que intervinieron en la entrega del testamento cerrado.
Requisitos
1. La solicitud se presenta mediante petición escrita, con firma del solicitante y del abogado.
2. La solicitud debe incluir lo siguiente:
- Indicación del lugar donde se realizará el inventario.
- Señalamiento genérico de los bienes (con su ubicación si son inmuebles).
- Identificación de los solicitantes.
- Copia del documento de identidad de los solicitantes.
Requisitos
1. Solicitud firmada por el interesado y autorizada por abogado.
2. Plano perimétrico conforme al área, linderos y medidas que constan en el Registro de Predios.
3. Plano de ubicación, localización, perimétrico y memoria descriptiva del inmueble que reflejen situación real del predio, firmados por ingeniero o arquitecto colegiados y visados por el municipio o autoridad administrativa correspondiente.
4. Copia literal del inmueble expedida por los Registros Públicos.
Requisitos
1. Minuta autorizada por abogado, donde se precise especialmente que el predio no esté sujeto a hipoteca, anticresis o embargo registrado; y señalar a los beneficiarios con precisión del vínculo familiar que lo une a ellos, y la declaración expresa de no tener deudas pendientes.
2. Fotocopia del documento nacional de identidad del solicitante.
3. Las partidas que acrediten el vínculo con los beneficiarios.
4. El certificado de gravámenes del predio.
Requisitos
1. La solicitud se presenta ante notario de la provincia donde se ubica el inmueble, Esta se realiza mediante petición escrita debidamente suscrita y firmada por los solicitantes y autorizada por abogado.
2. La solicitud debe incluir lo siguiente:
- Indicación precisa de la fecha y forma de adquisición, así como del tiempo de posesión.
- Nombre y dirección del titular registral, de ser el caso.
- Nombre y dirección de su inmediato transferente.
- Nombre y dirección de los propietarios u ocupantes de los predios colindantes.
- Copia literal de la partida registral del inmueble que va a ser materia de la prescripción adquisitiva.
- Certificación municipal de la persona que figura en sus registros como propietaria o poseedora del bien o los originales de los recibos de autoevalúo pagados de los últimos diez (10) años que sustentan la ocupación del inmueble.
- Recibos pagados de luz, agua y teléfono de los últimos diez (10) años.
- Si el terreno está edificado presentar documentación para regularizar la inscripción de fábrica, otorgado por Ingeniero Civil o Arquitecto Verificador registrado en SUNARP.
- Declaración testimonial de no menos de 3 ni más de 6 personas, mayores de 25 años de edad, preferentemente vecinos u ocupantes de los inmuebles colindantes del predio.
- Copia simple de documento de identidad del solicitante.
Requisitos
1. Solicitud firmada por el interesado y los testigos propuestos, autorizada por abogado.
2. Copia literal de la partida registral del vehículo del Registro de Propiedad Vehicular.
3. Declaración testimonial de no menos de tres ni más de seis testigos mayores de veinticinco años.
4. Certificación expedida por la Dirección de Investigación de Robo de Vehículos (DIROVE) de la Policía Nacional del Perú en la que conste que el vehículo no tiene afectaciones por robo.
5. Evidencia de la posesión del vehículo continua, pacífica y pública como propietario durante cuatro años (Revisiones Técnicas, SOAT, SAT).
Requisitos
1. La solicitud suscrita por los solicitantes y autorizada por abogado.
2. Nombres, dirección y firmas de ambos solicitantes.
3. Reconocimiento expreso de que conviven no menos de dos años de manera continua.
4. Declaración expresa de los solicitantes que se encuentran libres de impedimento matrimonial y que ninguno tiene vida en común con otro varón o mujer, según sea el caso.
5. Certificado domiciliario de los solicitantes.
6. Certificado negativo de unión de hecho tanto del varón como de la mujer, expedido por el registro personal de la oficina registral donde domicilian los solicitantes.
7. Declaración de dos testigos indicando que los solicitantes conviven dos años continuos o más.
8. Otros documentos que acrediten que la unión de hecho tiene por lo menos dos años continuos.
Requisitos
1. Solicitud escrita, donde se indique el objeto del pedido a rectificar, autorizada por abogado.
2. Copia certificada con sellos originales emitida por la municipalidad correspondiente de las partidas a mérito de las cuales se pretende hacer la rectificación.
3. Copia simple del documento de identidad de quien solicita la rectificación.
4. Documentos o instrumentos que acrediten y sustenten el pedido de la rectificación.
5. En el caso de partidas de nacimiento, matrimonio y defunción del extranjero, se debe contar con la legalización del Consulado Peruano del Ministerio de Relaciones Exteriores y traducción oficial de dicho documento.
6. En el caso de partidas de nacimiento, matrimonio, etc., que vengan del interior del país, deben contar con la certificación de RENIEC.
Requisitos
1. Después de transcurridos 2(dos) años de la celebración del matrimonio.
2. Copias simples y legibles de los documentos de identidad de ambos cónyuges.
3. Copia certificada del acta o de la partida de matrimonio, expedida dentro de los tres meses.
4. Declaración jurada: (último domicilio conyugal, no tener hijos menores de edad y/o hijos mayores con incapacidad física, no tener bienes dentro del régimen de sociedad de gananciales).
5. En caso de tener hijos menores presentar (sentencia judicial firme o acta de conciliación ejercicio de la patria potestad, alimentos, tenencia y visitas de los hijos menores) y/o con mayores incapacidad física (contar con la copia certificada de las sentencias que declaran la interdicción de aquellos y el nombramiento de su curador).
6. En caso de tener bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales primero deberá de realizar la separación de patrimonios de sustitución y de liquidación del régimen patrimonial.
De la Solicitud
1. La solicitud se presenta por escrito, señalando nombre, documento de identidad, huella dactilar, firma, último domicilio conyugal, domicilio de cada uno de los cónyuges, firmada por abogado.
2. Deberá constar, además, la indicación de si los cónyuges tienen algún impedimento si no pueden firmar, en cuyo caso se procederá mediante firma a ruego, de ser el caso.
Requisitos
1. La solicitud se realiza mediante petición escrita por aquel o aquellos que se consideran con vocación hereditaria, autorizada por abogado.
- Nombre del causante.
- Copia del documento de identidad del solicitante.
- Copia certificada de la partida de defunción del causante o de la declaración judicial de muerte presunta.
- Copia certificada de la partida de nacimiento del presunto heredero o herederos.
- Copia certificada de la partida de matrimonio o la inscripción en el Registro Personal de la declaración de la unión de hecho.
- Relación de bienes conocidos del causante (opcional).
- Certificado negativo de inscripción de testamento, expedido por la oficina registral.
- Certificado negativo de inscripción de sucesión intestada, expedido por la Oficina Registral.